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Mantenimiento tarjeta familiar comunitario, en caso de divorcio o cancelación inscripción como pareja registrada.

Si tienes tarjeta de familiar comunitario y te has divorciado o se ha cancelado la inscripción como pareja registrada, tienes la obligación de comunicar dicha circunstancia a la Oficina de Extranjería correspondiente, con el fin de conservar tu derecho de residencia.

¿CUÁNDO DEBES DE COMUNICAR A LA OFICINA DE EXTRANJERÍA?

Cuando te hayas divorciado o hayas procedido a la cancelación de la inscripción de la pareja registrada con el nacional comunitario, en el PLAZO DE 3 MESES, desde que transcurrió dicha circunstancia.

¿DÓNDE DEBES DE COMUNICARLO?

En la oficina de extranjería de la provincia en la que resides.

¿EN QUÉ SUPUESTOS MANTIENES LA TARJETA DE FAMILIAR COMUNITARIO?

a) Duración al menos TRES AÑOS del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad del matrimonio, divorcio o de la cancelación de la inscripción como pareja registrada, debiéndose acreditar por lo menos 1 AÑO en España.

b) Otorgamiento por mutuo acuerdo o decisión judicial, de la custodia de los hijos del ciudadano comunitario, al ex cónyuge o ex pareja registrada que no sea ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea ni de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

c) Existencia de circunstancias especialmente difíciles como:

1.º Haber sido víctima de violencia de género durante el matrimonio o la situación de pareja registrada, circunstancia que se considerará acreditada de manera provisional cuando exista una orden de protección a su favor o informe del Ministerio Fiscal en el que se indique la existencia de indicios de violencia de género, y con carácter definitivo cuando haya recaído resolución judicial de la que se deduzca que se han producido las circunstancias alegadas.

2.º Haber sido sometido a trata de seres humanos por su cónyuge o pareja durante el matrimonio o la situación de pareja registrada, circunstancia que se considerará acreditada de manera provisional cuando exista un proceso judicial en el que el cónyuge o pareja tenga la condición de imputado y su familiar la de posible víctima, y con carácter definitivo cuando haya recaído resolución judicial de la que se deduzca que se han producido las circunstancias alegadas.

d) Resolución judicial o mutuo acuerdo entre las partes que determine el derecho de visita, al hijo menor, del ex cónyuge o ex pareja registrada que no sea ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando dicho menor resida en España y dicha resolución o acuerdo se encuentre vigente.

¿QUÉ PASA SI FALLECE EL NACIONAL COMUNITARIO?

En este caso también es obligación comunicarlo el fallecimiento a la Oficina de Extranjería y no afectará al derecho de residencia al extranjero residente siempre que haya residido en España antes del fallecimiento del nacional comunitario.

¿QUÉ PASA SI NO LO COMUNICO EN EL PLAZO DE LOS 3 MESES?

Pierdes la residencia comunitaria y depende de tu situación personal quedarías irregular o podrías optar a algún tipo de residencia, de acuerdo al régimen de extranjería.

¿QUÉ DOCUMENTO DEBO DE APORTAR PARA HACER LA COMUNICACIÓN?

Debes de aportar la Comunicación de cambio de situación del extranjero (en cuanto a su estado civil). Dicha comunicación obtenerlo aquí, junto con la documentación que acredite dicha circunstancia (resolución judicial, convenio, orden de protección, informe del Ministerio Fiscal, documento donde se acredite la cancelación de la inscripción de pareja de hecho, certificado de defunción, entre otras…)

Dicho esto, es importante que todo esto lo tengáis en cuenta a la hora de cualquier modificación de su estado civil, cuando es titular de una tarjeta de residencia comunitaria, ya que si no lo comunica en el tiempo correspondiente, podría perder la residencia comunitaria en España.

Cualquier consulta legal o desean realizar algún trámite pueden contactar conmigo.

Alina Berrios.

Si tienes alguna pregunta o necesitas ayuda con el proceso, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo de expertos en inmigración está aquí para asistirte en cada paso del proceso, asegurando que cumplas con todos los requisitos necesarios y que tu solicitud sea exitosa.

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Alina Berrios | Abogada experta en Extranjería Nº. Colegiada 8001 ICAGR
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