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Autorización para Trabajar en España

Nos encargamos de que consigas una autorización de trabajo en España.

Concesión de una Autorización para Trabajar en España

Dicha autorización habilita aquellas personas extranjeras que se encuentren fuera de España y desean trabajar en el país, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, deben contar con una autorización inicial de residencia y trabajo.

Para poder obtenerla, es necesario que realice los siguientes pasos y según sea por cuenta ajena o por cuenta propia, el procedimiento será diferente, así como los documentos a presentar.

Cómo solicitar la Autorización para Trabajar en España

Si es por cuenta ajena

1. El empresario deberá solicitar la autorización de residencia por cuenta ajena, en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se vaya a ejercer la actividad laboral.

2. Una vez, concedida la autorización de residencia, el trabajador en el plazo de un mes, desde la concesión de la autorización, debe de solicitar personalmente un visado de trabajo por cuenta propia o cuenta ajena, en el Consulado español del país de origen, donde resida.

3. Obtenido el visado, que lo deberá de recoger en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión, podrá viajar a España en el plazo de tres meses y producirse su afiliación, alta y posterior cotización en la Seguridad Social, para que la autorización de residencia sea eficaz.

4. En el plazo de un mes desde el alta del trabajador en la Seguridad Social, tiene de plazo un mes para solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondiente, la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Si es por cuenta propia

1. El trabajador extranjero, deberá solicitar personalmente en la misión diplomática u oficina consular española del lugar de residencia, la autorización de residencia por cuenta propia.

2. Posteriormente, podrá solicitar el visado de residencia y trabajo en el plazo de un mes desde que se notifica la concesión de la autorización de residencia, ante la misma misión diplomática u oficina consular española del lugar de residencia.

3. Una vez que se notifica la concesión del visado, tiene un mes para recogerlo, y con ello, pueda entrar a España en el plazo de tres meses.

4. Transcurridos los tres meses desde que el trabajador entró a España, deberá de producirse su afiliación, alta y posterior cotización en la Seguridad Social, para que sea eficaz la autorización de residencia.

5. En el plazo de un mes desde que el trabajador se dió de alta en la Seguridad Social, deberá de solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) ante la misión diplomática u oficina consular española del lugar de residencia.

Para ello, pongo a disposición mis servicios para tramitar dicha autorización.

Pide cita en nuestro Despacho

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