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Residencia por Estudios en España

Obtén tu autorización de residencia para estudiar en España.

Autorización de Estudios

Si quieres estudiar en España, ya sea en la universidad o realizar un Máster, llevar a cabo una investigación, realizar prácticas no laborales, servicio de voluntariado o participas en un programa de movilidad de alumnos para seguir un programa de secundaria y/o bachillerato, deberás de solicitar una autorización de estancia.

Cómo conseguir la Autorización de Estudios en España

El procedimiento a seguir es el siguiente, como regla general, ya que existen algunas especialidades dependiendo de la forma en que se solicite.

SOLICITAR VISADO/AUTORIZACIÓN DE ESTUDIOS: Puedes ya sea solicitar el visado de autorización de estancia en la Misión Diplomática u Oficina consular española en el país de origen o en la Oficina de Extranjería de la provincia donde vaya a residir el extranjero, siempre que en el momento de solicitarla, el extranjero se encuentre en situación regular en España, es decir, con una antelación mínima de un mes a la fecha de expiración de su situación como turista.

Si llegases a solicitar la autorización de estudios en España, podrás hacerlo personalmente, por representante legal a través de medios telemáticos (plataformas gubernamentales).

  • También cabe la posibilidad, de que las instituciones de enseñanza superior soliciten las autorizaciones de estudios de forma colectiva, ante la Oficina de Extranjería correspondiente.
  • Si se llegase a solicitar el visado en el país de origen, se deberá de presentar la solicitud junto con los documentos exigidos.

PLAZO DE RESOLUCIÓN: Si se solicita el visado de estudios, deberán de resolver sobre concesión del visado, será de siete días; transcurrido dicho plazo, se entenderá que está concedida.

Si se solicita la autorización de estudios en España, el plazo de resolución es de un mes.

  • Y en el caso, que lo solicitasen las instituciones de educación superior, el plazo de resolución, es de quince días. En caso de ser concedida, si el interesado se encuentra fuera de España, deberá de solicitar el visado de estudios en su país de origen.
  • CONSECIÓN VISADO: Concedida, en su caso, la autorización de estancia, la misión diplomática u oficina consular resolverá y expedirá, en su caso, el visado.
    En caso de concesión del visado, el extranjero deberá recogerlo personalmente en el plazo de dos meses desde su notificación.
  • VIAJAR A ESPAÑA Y EXPEDICIÓN TIE: El estudiante tendrá de plazo un mes para viajar a España, una vez que tenga el visado y expedir la Tarjeta de Identidad Extranjero (TIE), si la estancia fuera superior a seis meses.

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