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Alina Berrios

Abogada experta en Extranjería
Nº. Colegiada 8001 ICAGR
Estoy aquí para ayudarte en cada paso de tu nuevo comienzo en España

Tabla de contenidos

España es un destino común para ciudadanos bolivianos que buscan oportunidades laborales, académicas o familiares. Para ingresar legalmente, algunos necesitan una visa y documentos específicos, como una carta de invitación.

La dirección general migración (DIGEMIG) regula estos trámites. Las normas actuales exigen cumplir con ciertas condiciones, como presentar un pasaporte válido y demostrar solvencia económica.

El proceso puede tomar varios meses, por lo que es clave preparar los documentos con anticipación. Este artículo detalla los pasos esenciales para facilitar el trámite.

¿Qué es una carta de invitación y por qué es necesaria?

La carta de invitación funciona como un compromiso formal entre el anfitrión y el invitado. Este documento legal asegura que el visitante tendrá alojamiento y manutención durante su estancia. Su principal propósito es avalar la responsabilidad civil y económica de quien emite la invitación.

Definición y propósito de la carta de invitación

Actúa como una garantía ante las autoridades migratorias. Es obligatoria para personas de nacionalidad extranjera que requieren visa de turismo, especialmente en los Grupos II y III. Sin ella, el proceso de ingreso a territorio boliviano podría ser denegado.

Quién puede emitirla y requisitos básicos

Solo residentes legales en territorio boliviano registrados en DIGEMIG tienen facultad para emitirla. Deben presentar su NIT y demostrar solvencia económica. La autenticación se realiza mediante plataformas oficiales para evitar fraudes.

Existen dos tipos: invitaciones particulares (familiares o amigos) e institucionales (empresas o entidades). La validez del documento depende del estatus migratorio vigente del anfitrión al momento del registro.

Requisitos para la carta de invitación y visa de turismo

La obtención de una visa de turismo requiere validar múltiples aspectos legales y sanitarios. Las autoridades exigen documentos que acrediten la solvencia económica, alojamiento y estado de salud del solicitante. Este proceso varía según el grupo migratorio al que pertenezca el viajero.

Documentación necesaria para la carta de invitación

El pasaporte con al menos seis meses de vigencia es el primer requisito. Adicionalmente, se debe presentar:

  • Reserva de hotel o carta de alojamiento notariada por el anfitrión.
  • Extractos bancarios de los últimos tres meses como prueba de solvencia.
  • Fotografías recientes con fondo rojo y tamaño 4×4.

Requisitos específicos para ciudadanos bolivianos (Grupo II y III)

Los viajeros del Grupo III necesitan una resolución de autorización expedida por la DIGEMIG. Para menores de edad, se exige permiso notarial de ambos padres y copia del libro de familia.

En casos de acompañantes médicos, se adjunta un formulario de responsabilidad firmado. Todos los documentos deben estar legalizados ante consulados bolivianos en España.

Certificado de vacuna contra la fiebre amarilla y otros documentos médicos

El certificado internacional de vacunación es obligatorio para quienes provienen de países con riesgo de transmisión. Debe incluir la dosis contra la fiebre amarilla, con sello de la autoridad sanitaria.

Recomendación: Verificar que el documento tenga traducción oficial al español si fue emitido en otro idioma. Este trámite puede demorar hasta 15 días hábiles.

Proceso de solicitud y trámites ante la Dirección General de Migración

El proceso migratorio para ciudadanos bolivianos requiere seguir pasos específicos ante la DIGEMIG. La plataforma digital simplifica el registro, pero es clave entender cada etapa para evitar rechazos.

Pasos para registrar la carta de invitación en DIGEMIG

La solicitud visa inicia en el sitio web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores. El anfitrión debe completar el formulario en línea, adjuntando:

  • Copia digitalizada del pasaporte del invitado.
  • Prueba de domicilio en Bolivia (recibo de servicios).
  • Declaración jurada de responsabilidad económica.

El sistema genera un código de seguimiento para monitorear el estado del trámite.

Presentación de documentos y obtención de cita

Tras la aprobación en línea, el solicitante debe agendar una cita presencial en el consulado. Se recomienda hacerlo con al menos 20 días de anticipación al viaje.

Documentos físicos requeridos incluyen:

  • Original de la carta de invitación impresa.
  • Comprobante de pago de tasas consulares (€31 para Grupos II/III).
  • Certificado médico actualizado.

Tiempos de espera y costos asociados

El procesamiento tarda en promedio 10 días hábiles. Los costos varían según el tipo de visa:

  • €31: Visa sencilla (Grupos II y III).
  • €206: Visa múltiple para ingresar Bolivia varias veces.

En casos de documentos incompletos, el plazo se extiende hasta 30 días. Para emergencias, algunos consulados ofrecen trámites exprés con costo adicional.

Consejos finales para un trámite exitoso

Un enfoque organizado simplifica la gestión ante la dirección general de migración. Verificar los requisitos con el último comunicado de DIGEMIG evita rechazos.

Documentos con apostillas y traducciones certificadas son esenciales. Se recomienda usar solo traductores autorizados para garantizar validez.

Para evitar estafas, confirme siempre los datos en plataformas oficiales. No comparta información sensible en sitios no verificados.

Prepare una checklist física y digital. Incluya pasaporte, certificados médicos y comprobantes de estadía. Revise que ningún documento supere los 6 años de antigüedad.

Consulte los contactos de oficinas migratorias en Bolivia. Planifique el viaje con al menos un mes de anticipación para ajustes.

Este artículo ha sido publicado el [fecha_publicacion] por Alina Berrios, Abogada experta en Extranjería Nº. Colegiada 8001 ICAGR. Cualquier cambio o modificación posterior que esté relacionado con la Ley de Extranjería, puede no estar presente.

Consulte Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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